Como ya comenté en un post anterior, en ocasiones la protección de datos personales se utiliza por parte de las Empresas o de las Administraciones Públicas como una excusa para no dar la información solicitada.
Un ejemplo práctico sería el caso que podría darse en la época de preinscripciones escolares. En el supuesto de negación de una plaza a una familia concreta se puede requerir cuántas solicitudes han habido para el mismo centro.
Facilitar esta información puede ser contraria a los intereses en ese momento de la Escuela, por lo que es fácil acogerse al principio de la Protección de Datos Personales para no dar los datos solicitados.
En lugar de tener este comportamiento, lo que se puede encontrar es la manera de dar respuesta a lo solicitado sin dar ningún dato de carácter personal.
Para ello es necesario utilizar la disociación de los datos: decir el número de solicitudes, dar iniciales, establecer códigos... Lo interesante es encontrar una fórmula que sirva para los diversos intereses y que no se decante por ninguno de los dos derecho, sino que los respete por igual: el derecho a la protección de los datos personales y el derecho a la información.
CONCLUSIÓN: cuando la protección de datos de carácter personal se convierte en una excusa para no cumplir con el derecho de información se debe dar un toque de alarma.
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