LEY DE TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

La aprobación de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno pretende ser un mecanismo a través del cuál los ciudadanos puedan solicitar información a las Administraciones Públicas y demás Entidades incluidas en la propia Ley,  sobretodo en temas de carácter organizativo, jurídico y económico.
 
Se ha podido comprobar la gran eficacia de este tipo de leyes en países como el Reino Unido, donde una Ley similar entró en vigor en 2005. Al inicio de su aplicación se solicitaron facturas de las dietas de los diputados y se publicó en la prensa información relativa a la compra de artículos privados con dinero público por parte de alguno de ellos.
 
De todos modos, cabe preguntarse, ¿dónde queda la protección de datos? En este sentido, la Ley establece que la información se limitará en aquellos casos en que entre en conflicto con otros intereses protegidos:
 
-si la información contuviera datos personales, sólo se facilitará si cuenta con el consentimiento expreso y por escrito del afectado, excepto si éste hubiese hecho públicos estos datos con anterioridad.
 
-si la información supone un perjuicio para la seguridad y la defensa nacional, la prevención de delitos o el secreto profesional. También está limitado el acceso a la información en los procesos de toma de decisión, la protección de medio ambiente.
 
Se podrá solicitar información sobre funciones, estructura y planificación de la Administración, directrices e informes y publicación de expedientes de contratos, presupuestos, subvenciones y estadísticas, entre otros similares.
 
 
CONCLUSIÓN: Esta Ley introduce cambios en la forma de actuar de las Administraciones Públicas, y puede ser muy útil para romper inercias de comportamientos. La propia Ley marca plazos de vigencia escalonada en años por su gran complejidad de aplicación.
 
 

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