Ayer aparecía en prensa la noticia de que la Agencia Española de Protección de Datos ha puesto en marcha un nuevo sistema (accesible en su página web) para que los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas notifiquen las quiebras de seguridad producidas en sus sistemas y que puedan afectan a los datos personales que son tratados por ellos.
Las quiebras de seguridad son definidas como toda violación de la seguridad que provoque la destrucción, accidental o ilícita, la pérdida, la alteración, la revelación o el acceso no autorizados, de datos personales transmitidos, almacenados o tratados de otro modo en relación con la prestación de un servicio de comunicaciones electrónicas de acceso público.
La normativa europea ya establece que los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas disponibles para el público están obligados a notificar, a las autoridades competentes de cada país, las quiebras de seguridad que sean susceptibles de afectar datos personales. En algunos casos también está previsto que se informe a los titulares afectados, para reforzar las garantías de su derecho fundamental a la protección de datos.
La misma Agencia ha destacado que el protocolo de actuación iniciado es un canal rápido y seguro, para que puedan ser notificados los casos que las leyes prevén, dentro de las 24 horas siguientes a la detección del incidente.
CONCLUSIONES: Todas las acciones que vayan encaminadas a una mayor seguridad en la protección de los datos personales tienen que ser acogidas con gran interés. Todas las mejoras que se puedan hacer en este sentido son importantes.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentario