Como es por todos sabido, la Unión Europea está trabajando en el Reglamento en materia de protección de Datos Personales.
Por el momento podemos identificar una serie de novedades respecto a la legislación actual sobre el tema. Si seguirán o no adelante es por el momento una incógnita:
1.- Se elimina el consentimiento tácito: la manifestación de voluntad deberá ser en todo caso libre, informada y explícita. Éste consentimiento se requerirá, además, cada vez que se produzca un cambio en la finalidad de los datos recogidos.
2.- La regulación de derecho al olvido: los Datos Personales que sea publicados serán cancelados por los responsables cuando el interesado así lo solicite. Además los responsable deberán informar a los terceros que estén tratando estos datos para que los supriman en enlaces y réplicas.
3.-Una autoorganización interna de las empresas, de modo que los responsables deberán adoptar las políticas que consideren oportunas con la finalidad de cumplir con los principios de protección de datos personales.
4.- Se introduce la figura del Delegado de Protección de Datos, que será obligatoria en las Administraciones Públicas y en las empresas de más de 250 trabajadores.
5.- Las sanciones son muy elevadas y se crea un procedimiento de comunicació de las incidencias muy graves.
6.- Se crea el Consejo Europeo de Protección de Datos, que será la Autoridad Europea en este ámbito.
CONCLUSIÓN: Entiendo que lo que pretende esta futura regulación es unificar las diversas legislaciones nacionales para ir hacia una mayor cooperación en un tema tan importante como la privacidad y la protección de los Datos Personales. Además pretende adaptarse a los avances de la tecnologías. El reto es importante.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentario